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Nuevos límites de velocidad en la ciudad, todo lo que debes saber

Los nuevos límites de velocidad en la ciudad según ha decretado la DGT

Desde el comienzo del año, La Dirección General de Tráfico (DGT)  está instaurando el paquete  de reformas legales en materia de tráfico  y circulación que se aprobó en Noviembre de 2020.

El 2 de Enero se implementaron las primeras modificaciones del Reglamento de Circulación de Vehículos, más específicamente a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como son los patinetes eléctricos, tienen prohibido desplazarse por las aceras y las zonas peatonales. Por lo que respecta a las novedades introducidas en el artículo 50 del Reglamento General de Circulación, las que hacen referencia a los nuevos límites de velocidad urbana, el Ejecutivo estableció un plazo más largo para su implantación.

El 11 de mayo es la fecha en la que está previsto que entre en vigor la nueva normativa relativa a los límites de velocidad en las poblaciones.

Los cambios vienen recogidos en el Real Decreto 970/2020 por el que se modifica el artículo 50 del Reglamento de Circulación y que establece los siguientes límites de velocidad urbana :

  • 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
  • 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
  • 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.
  • El límite genérico de velocidad en autovías y autopistas que transcurren dentro del poblado será de 80 km/h.

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Multa por superar la velocidad máxima (desde 100 hasta 600 euros)

El baremo para establecer la sanción, como siempre, dependerá del exceso cometido:

  • Límite máximo permitido 20 km/h entre:
    • 21 y 40 km/h: 100 euros sin puntos.
    • ​41 y 50 km/h: 300 euros y 2 puntos.
    • ​51 y 60 km/h: 400 euros y 4 puntos.
    • 61 y 70 km/h: 500 euros y 6 puntos.
    • ​A partir de 71 km/h: 600 euros y 6 puntos.
  • Límite máximo permitido 30 km/h entre:
    • 31 y 50 km/h: 100 euros sin puntos.
    • ​51 y 60 km/h: 300 euros y 2 puntos.
    • ​61 y 70 km/h: 400 euros y 2 puntos.
    • ​71 y 80 km/h: 500 euros y 6 puntos.
    • ​A partir de 81 km/h: 600 euros y 6 puntos.
  • Límite máximo permitido 50 km/h entre:
    • 51 y 70 km/h: 100 euros sin puntos.
    • ​71 y 80 km/h: 300 euros y 2 puntos.
    • ​81 y 90 km/h: 400 euros y 2 puntos.
    • ​91 y 100 km/h: 500 euros y 6 puntos.
    • ​A partir de 101 km/h: 600 euros y 6 puntos.

Cuando se avisó de la medida, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, aclaró que el fin que persigue la DGT con la aplicación de estos nuevos límites es el de «reducir cinco veces el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello». De hecho, el ministro de Interior apuntó también que el nuevo límite «no generará más tráfico urbano».

Campaña de control de velocidad

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha lanzado una campaña de control de velocidad de cara a los días 10 y 16 de mayo, periodo en el que intensificará la vigilancia del cumplimiento de los límites de velocidad establecidos en vías interurbanas.

Al ser una campaña de carácter preventivo, se avisará a los conductores la existencia de controles.

El objetivo de dicha campaña es concienciar sobre la importancia de respetar los límites de velocidad establecidos.

 

Redacción

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